El Municipio reconoce la vital importancia y el compromiso asumido por los distintos efectores del sistema de salud y de seguridad, que a diario hacen frente a la situación planteada a nivel mundial y especialmente en nuestro país, a raíz de la pandemia generada por el coronavirus COVID-19.
En ese marco, en el día de hoy, el Intendente Mauro García decretó establecer que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, el personal médico y no médico que se desempeñe en organismos públicos o privados reconocidos, el personal policial y de seguridad del municipio que se encuentre afectado a la prestación de servicios especiales en el marco del “Estado de Alerta y Emergencia Sanitaria”, siempre y cuando se encontraron en servicio activo, gozarán de “PASE LIBRE” por vía de excepción y temporalmente en la línea 500 del transporte público de pasajeros local, dentro del ámbito de este Partido de General Rodríguez, ya sea para los traslados desde el lugar de residencia y hasta donde presten sus servicios y viceversa.
Esta medida tomada por el Jefe comunal se da frente al nivel de emergencia sanitaria y la gravedad a la que se enfrenta el sistema sanitario nacional por el brote epidemiológico, en todos los casos, sin excepción. En esta situación, a todo el personal de salud se lo destaca por su dedicación y trabajo sin descanso y más allá de lo humanamente posible, el personal médico y no médico, enfermeros y personal de limpieza.
Del mismo modo, el personal policial y de seguridad municipal, desde su función y con su presencia, merecen también ser reconocidos por el nivel de exposición al que se encuentran sometidas actualmente, siendo notorio el nivel de compromiso que presentan ante la dificultad en garantizar el estricto cumplimiento del “aislamiento civil, preventivo y obligatorio”, por el empecinamiento de la sociedad en el acatar la medida.
Para la obtención del beneficio, el personal deberá acreditar ante la Empresa de Transporte, su condición de tal, mediante una Credencial y/o constancia que certifique su carácter y condición de revista, DNI que acredite su domicilio en el partido y último recibo de sueldo.
Cabe destacar que el decreto se dicta en el marco del “Estado de Alerta y Emergencia Sanitaria”, dispuesto por el Decreto N° 701/20 y el Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, y Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.